Preguntas frecuentes

  1. ¿Qué es la Sede Judicial Electrónica?
  2. ¿A quién va dirigida?
  3. ¿Qué se puede hacer en la Sede Judicial Electrónica?
  4. ¿Tienen la misma validez las gestiones realizadas en la Sede Judicial Electróncia que las realizadas de forma presencial?
  5. ¿Es seguro utilizar los servicios de la Sede Judicial Electrónica?
  6. ¿Cuándo y cómo puedo utilizar la Sede Judicial Electrónica?
  7. ¿Qué fecha y hora se tiene en cuenta para el cómputo de plazos?
  8. ¿Qué es la firma electrónica?
  9. ¿Qué es un certificado electrónico?
  10. ¿Cuáles son los admitidos en la Sede Judicial Electrónica?
  11. ¿Qué tipo de certificados electrónicos puede tener?
  12. ¿Dónde puedo conseguir un certificado electrónico?
  13. ¿Qué configuración debe tener mi ordenador para utilizar mi certificado en la Sede Judicial Electrónica?
  14. ¿Puedo utilizar varios certificados?
  15. ¿Qué formatos utiliza esta Sede Judicial Electrónica en los documentos que ofrece al ciudadano?

 

1. ¿Qué es la Sede Jucidial Electrónica?

La Sede Judicial Electrónica de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Andalucía es aquella dirección electrónicadisponible para los ciudadanos y profesionales a través de redes de telecomunicaciones desde la que podrán realizar los trámites que requieran identificación por parte del ciudadano o de la administración. De esta forma se cumple con los requisitos que establece la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia.

 

2. ¿A quién va dirigida?

A todos los ciudadanos, empresas y profesionalesque opten o tengan la obligación de interactuar con la la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Andalucía a través de medios telemáticos por Internet.

 

 3. ¿Qué se puede hacer en la Sede Judicial Electrónica?

Se puede consultar el estado de sus expedientes, presentar escritos, recibir notificaciones electrónicas y realizar gestiones que hasta ahora se venían realizando de forma presencial.

 

Puede ver todos los trámites que puede realizar en el menú de trámites y servicios.

 

4. ¿Tienen la misma validez las gestiones realizadas en la Sede Judicial Electrónica que las realizadas de forma presencial?

Sí, tienen la misma validez los trámites realizados a través de la Sede Judicial Electrónica que los efectuados de forma presencial.

 

5. ¿Es seguro utilizar los servicios de la Sede Judicial Electrónica?

La comunicación entre usted y la Sede Judicial Electrónica es segura. Toda la información viaja cifrada, los certificados electrónicos garantizan la identidad de ambas partes. Los datos personales que envía por Internet están cifrados y, una vez guardada en nuestros sistemas, utilizamos los medios necesarios para protegerlos, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y de su normativa de desarrollo.

 

 6. ¿Cuándo y cómo puedo utilizar la Sede Judicial Electrónica?

Podrá acceder a ella y realizar trámites durante 24 horas los 365 días del año desde cualquier lugar.

 

Para el cómputo de los plazos debe tener en cuenta que las actuaciones judiciales deben practicarse en días y horas hábiles (artículos 130, 131 y 135 de la LEC). Con carácter general los trámites se entenderán efectuados el primer día hábil siguiente.

Se puede acceder a la Sede Electrónica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública en la siguiente dirección: https://sede.justicia.juntadeandalucia.es

 

Desde esta página puede acceder a:

>  Información general

>  Trámites y servicios

>  Ayuda

 Para realizar cualquier trámite debe estar registrado.

 

7. ¿Qué fecha y hora se tiene en cuenta para el cómputo de plazos?

Para el cómputo de plazos en cualquier trámite, será la fecha y hora oficial de la Sede Judicial Electrónica la que tendrá validez legal y no la del equipo desde el que se realice. A estos efectos, se tendrá en cuenta la de finalización del trámite, cuando el ciudadano firme la solicitud y/o documentos y reciba el recibo de registro correspondiente. Por ejemplo, supongamos un trámite administrativo cuyo plazo termina el 20 de septiembre. Si usted comienza a rellenar su solicitud a las 23:50 horas pero termina a las 00:10 horas del día siguiente, estará fuera de plazo.

Además, tenga en cuenta que los realizados en días inhábiles se entenderán efectuados el primer día hábil siguiente.

 

8. ¿Qué es la firma electrónica?

La firma electrónica es un conjunto de datos que permiten identificar al firmante como si de la firma manuscrita se tratara. El concepto de “Firma Electrónica” es de naturaleza fundamentalmente legal, ya que confiere a la firma un marco normativo que le otorga validez jurídica.

 

La firma electrónica con certificado digital que usará tanto la Sede Judicial Electrónica como usted en los trámites que efectúe garantizan además la integridad de los documentos firmados: el documento original firmado no sufre modificaciones posteriores, puesto que si ese fuera el caso, la validación de la firma daría un resultado negativo y sería rechazada.

 

9. ¿Qué es un certificado electrónico?

Un certificado electrónico es un documento emitido y firmado por una autoridad de certificación que identifica a una persona (física o jurídica) y la vincula con un par de claves. Un certificado contiene la siguiente información:

>  Identificación del titular del certificado (Nombre del titular, NIF, e-mail,…).

>  Distintivos del certificado: número de serie, entidad que lo emitió, fecha de emisión, periodo de validez del certificado, etc.

>  Una pareja de claves: pública y privada.

>  La firma electrónica del certificado con la clave de la autoridad de certificación (AC) que lo emitió.

 

10. ¿Cuáles son los admitidos en la Sede Judicial Electrónica?

Puede consultar la lista de certificados admitidos.

 

11. ¿Qué tipo de certificados electrónicos puede tener?

Según el soporte, los tipos de certificados que puede obtener son básicamente dos:

Certificado de software: se trata de un fichero de software cuyo soporte físico es el propio ordenador o servidor donde se instala. Un ejemplo serían los certificados de persona física que emite la FNMT en el marco del proyecto CERES.

Certificado de tarjeta: en este caso, el certificado electrónico se encuentra en una tarjeta criptográfica. Por ejemplo, el DNI electrónico.

 

12. ¿Dónde puedo conseguir un certificado electrónico?

El DNI electrónico ya tiene incorporado un certificado electrónico. También puede obtener un certificado dirigiéndose a cualquiera de las autoridades certificadoras reconocidas por la Administración General del Estado.

 

13. ¿Qué configuración debe tener mi ordenador para utilizar mi certificado en la Sede Judicial Electrónica?

Depende del certificado que utilice. En el caso del DNI electrónico existe documentación disponible al ciudadano en su página web.

 

14. ¿Puedo utilizar varios certificados?

Puede tener más de un certificado en su ordenador y en el momento de utilizarlo se le preguntará cuál de ellos quiere utilizar. 

 

15. ¿Qué formatos utiliza la Sede Judicial Electrónica en los documentos que ofrece al ciudadano?

El formato utilizado es PDF, un estándar abierto ampliamente difundido. Sólo en casos excepcionales se utilizan conjuntamente los formatos DOC y ODF. En estos casos, el ciudadano puede utilizar aquel que prefiera de entre estos dos.