Tablón Edictal Judicial (TEJU)

Con la reforma operada en el Real Decreto 181/2008, de ordenación del diario oficial "Boletín Oficial de Estado" y conforme a lo previsto en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y normas concordantes, la publicación de edictos se ha de realizar desde 1 de junio de 2021 a través del Tablón Judicial Edictal Único, concentrando en un solo medio la publicidad y los actos de comunicación realizados por medio de edictos.

A partir de esa fecha, todos los edictos que deban ser publicados en el Tablón Edictal Judicial Único se remitirán desde los órganos u oficinas judiciales para su publicación a partir del 1 de junio de 2021, sin que proceda ya su entrega a los procuradores u otros profesionales que, hasta ese momento, asumían su presentación en los diversos diarios oficiales para su ulterior publicación.

Remisión telemática de los edictos al Tablón Edictal Judicial Único:

El Tablón Edictal Judicial Único constituye el medio para la publicación de resoluciones y comunicaciones que por disposición legal deban fijarse en el tablón de anuncios, así como para la publicación de los actos de comunicación procesal que deban ser objeto de inserción en el "Boletín Oficial del Estado", en el de la Comunidad Autónoma o en el de la provincia respectiva, en sustitución de estos medios citados, siendo de aplicación a todos los órdenes jurisdiccionales (Instrucción 2/2021 del Secretario General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en el Tablón Judicial Edictal Único y a la protección de los datos personales).

El usuario remitente debe disponer de un certificado electrónico y debe tener acceso a la aplicación de Cuentas de Depósitos y Consignaciones Judiciales (CDCJ) del Ministerio de Justicia, dado que es esta aplicación la que informa al Portal de Gestión de Edictos de los permisos de acceso que tiene el usuario.

Una vez que el usuario remitente accede al portal, debe rellenar el formulario de alta para cada edicto que desea publicar. El formulario responde a un modelo general de publicación del edicto en extracto, que permite cumplimentar los datos mínimos de identificación del procedimiento y la indicación de cómo obtener el contenido completo del edicto.

La remisión requerirá de firma electrónica con un certificado cualificado de persona física o de empleado público.

 > Servicio de Tablón Edictal Judicial (Acceso Letrados de la Administración de Justicia)

 

 Consulta por los destinatarios de las publicaciones realizadas en el Tablón Edictal Judicial Único:

 La consulta de las publicaciones realizadas en el Tablón Edictal Judicial único podrá realizarse por los destinatarios en la página de la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado, pulsando aquí.

Para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, deberá dirigirse al órgano u oficina judicial (Portal Adriano).